intromisión ilegítima
07/06/2010@15:12:58
Queda confirmada la sentencia que consideró que las manifestaciones realizadas por D. José Rubianes Alegret, actor y humorista conocido como “Pepe Rubianes”, hoy fallecido, menoscabó el derecho al honor del demandante, el Alcalde de Salamanca, con ocasión de las expresiones que utilizó en el portal E.Noticies; producidas éstas en el contexto de la polémica política existente entonces, de gran difusión, entorno a los “papeles de Salamanca”. Señala la Sala que, en el caso examinado, este contexto es un valioso elemento interpretativo de la voluntad de su autor, concluyendo que las expresiones controvertidas no son encuadrables en el ejercicio de la libertad de expresión, sino que atentan al derecho al honor del actor. Así, por un lado, tales manifestaciones redundaron en el descrédito de la persona afectada, por otra parte, ni el autor era una persona dedicada al mundo de la política -por lo que no es aplicable la doctrina denominada “contienda política”-, ni anteriormente entre ambos litigantes se había producido enfrentamiento alguno; por último porque, tal y como declaró el Tribunal Constitucional en sentencia de 14 de abril del 2008, se puede “discrepar, censurar y criticar con toda la fuerza que se estime necesaria, pero no insultar”.