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caso sogecable

El magistrado Martínez-Pereda calificó la sentencia contra De Liaño como "insólita"

martes 22 de julio de 2008, 12:49h
El magistrado del Tribunal Supremo José Manuel Martínez-Pereda, quien formó parte del tribunal que juzgó a Javier Gómez de Liaño, aseguró en su voto particular, discrepante con la sentencia, que la condena a 15 años de inhabilitación era "insólita" y "anómala" y que el procesado no cometió delito alguno.

En un voto particular notificado junto a la sentencia que condena al juez por un delito continuado de prevaricación cometido durante la instrucción del "caso Sogecable", Martínez-Pereda dice que Liaño tuvo el respaldo del fiscal y que ni el magistrado que le relevó en la causa ni la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que revocó algunas de sus resoluciones, vieron delito en su actuación.

"Por ello, no deja de resultar harto extraño que, tan sólo muy tardíamente, muy a "posteriori" de la ocurrencia de los hechos y debido a la actuación de tres expertos Abogados de la querellante acusación particular se empiece a reputar de forma tan indudable como conductas prevaricadoras resoluciones de las que nadie sospechó hasta tal momento", señala el magistrado.

Martínez-Pereda califica también de "trampa saducea" el argumento utilizado por sus compañeros de tribunal para criticar las resoluciones adoptadas por Liaño, "porque si la resolución motejada de injusta no se encuentra razonada se le reputaría carácter injusto por su irracionalidad", mientras que si se razona "se dice que es para enmascarar la decisión injusta".

Una condena "unjusta"
El voto discrepante añadió que "insólitamente se va a condenar a una persona, en este caso a un Magistrado y Juez Central de Instrucción de la Audiencia Nacional, no sólo sin acusación del Ministerio Fiscal, órgano imparcial y defensor de la legalidad, sino con solicitud y petición de absolución de este órgano constitucional".

Martínez-Pereda dice que, para considerar delictiva la conducta del condenado, ésta debería haber sido "clara, manifiesta, evidente, patente y clamorosamente" injusta, hasta el punto de que sus resoluciones pudieran calificarse de "irrazonables".

"De ser clamorosas y patentemente injustas dichas resoluciones, muchas de las cuales han sido dura y agriamente censuradas en las decisiones de los recursos, no hubiera podido pasar desapercibido a la perspicacia y honestidad de tales profesionales de la justicia", señala el magistrado.

Añade que "la pretendida injusticia, mera ilegalidad en algún supuesto y en otros casos ni siquiera eso, no es clamorosa, patente, esperpéntica, como han exigido diversas sentencias de este Tribunal, al punto que pueda ser apreciable por cualquiera y mucho más por tan preclaros Magistrados, por lo que en modo alguno puede motejarse de irracional".

El voto particular sigue diciendo que "si los miembros de tan competente Sala hubieran percibido la existencia de resoluciones gravemente contrarias al orden jurídico procesal y con apariencias de hallarse incursas" en el delito de prevaricación, "hubieran procedido en consecuencia". "Otra cosa significaría no perseguir o investigar un delito público muy grave, precisamente el más grave que puede cometer un Juez como tal".
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