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CASO KOLDO

El Supremo deja en libertad a Ábalos, que se ha negado a declarar

El Supremo deja en libertad a Ábalos, que se ha negado a declarar
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(Foto: EFE/Zipi Aragón)
EL IMPARCIAL
miércoles 15 de octubre de 2025, 15:25h
Actualizado el: 16 de octubre de 2025, 09:08h
El juez muestra "estupor" por que el exministro socialista siga siendo diputado pese a los "consistentes indicios" de "muy graves delitos".

El magistrado Leopoldo Puente ha acordado mantener en libertad al exministro José Luis Ábalos con las mismas medidas cautelares que pesaban contra él, pese a que aprecia un cierto riesgo de fuga, "no lo suficientemente intenso", y avanza que conforme se acerque el juicio se pueden endurecer esas medidas.

Puente ha dictado un auto, al que ha tenido acceso EFE, en el que no atiende la petición de las acusaciones populares de prisión provisional o subsidiaria con fianza de 650.000 euros, una solicitud a la que no se ha sumado el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, después de que Ábalos se haya acogido a su derecho a no declarar ante el juez del Tribunal Supremo al alegar "indefensión".

De este modo y pese al último informe de la UCO, Ábalos ha salido del tribunal al cabo de cinco horas por la misma puerta y con las mismas medidas cautelares que ya pesaban sobre él: prohibición de salir del país, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales.

El juez indica que persisten los indicios de criminalidad que aparecían ya seriamente consolidados en la causa y que el último informe de la UCO ha incrementado su existencia y robustez, poniendo de relieve que Ábalos, sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó sin embargo significativos ingresos en esas mismas cuentas.

Además, destaca que se ha puesto de manifiesto la existencia de muy estrechos vínculos entre los patrimonios de Ábalos y de su exasesor Koldo García - citado para declarar este jueves- quien ha venido asumiendo con su propio patrimonio gastos del exministro.

Tras su declaración, se ha celebrado una vistilla para revisar su situación de libertad en la que la acusación popular, cuya representación letrada ejerce el PP, ha pedido el ingreso en prisión provisional o subsidiaria con fianza de 650.000 euros, al alegar que existe riesgo de fuga y destrucción de pruebas.

Abre la puerta a endurecer las medidas cautelares

Al respecto, Puente rechaza que exista riesgo de alteración de fuentes de prueba, sin embargo coincide con el fiscal en que existe un cierto riesgo de fuga, aunque no lo suficientemente intenso, de que el diputado pueda sustraerse a la acción de la justicia.

Puente explica que "es verdad que el señor Ábalos ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales" pero entiende que "la existencia de dicho riesgo, sin embargo, ha sido conjurada hasta el momento con las medidas cautelares que tiene vigentes".

Con todo, lanza una advertencia porque el riesgo de fuga crece "conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas, se robustece, y conforme también se aproxima la fecha de celebración del juicio oral, lo que, acaso, pudiera justificar, como sugirió el fiscal en su informe, la adopción de medidas cautelares más gravosas en lo porvenir".

El juez pide a Ábalos que reflexiones

El jue ha llamado este miércoles a reflexionar a Ábalos debe seguir siendo diputado pese a los "tan consistentes indicios" de "muy graves delitos" que pesan sobre él, y ha apuntado a la posibilidad de que pueda articularse por ley algún mecanismo que impida esta situación.

El magistrado confiesa que "no es ajeno al natural estupor que produce" que el también exdirigente socialista, frente al que "gravitan" esos indicios de criminalidad "estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública", siga ejerciendo "las altas funciones" de un diputado, como "el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley".

"Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión", apunta el juez en el auto en el que ha acordado mantener en libertad a Ábalos con las mismas medidas cautelares (prohibición de salida del país, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales), tras un último informe policial que sembraba sospechas en gastos de 95.437 euros.

Para el juez, el derecho constitucional "no sería obstáculo, necesariamente, para que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto" para impedir esta situación.

Recuerda que el Reglamento del Congreso ya contempla que los diputados serán suspendidos cuando, tras conceder la Cámara el suplicatorio, haya un auto firme de procesamiento y se haya decretado la prisión preventiva, situación en la que no se encuentra Ábalos.

No obstante, deja claro que "la modificación de las normas" no es competencia de los jueces, que deben "aplicar las promulgadas por quienes" tienen la facultad de hacerlo.

Y subraya que no podría acordar la prisión provisional -como han solicitado ocho de las nueve acusaciones populares que coordina el PP- ignorando los requisitos que impone la ley "con el (indebido) propósito de colmar las exigencias derivadas de la actual redacción del Reglamento" para que pueda producirse la suspensión del diputado.

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