www.elimparcial.es
ic_facebookic_twitteric_google

TRIBUNALES

La asesora de Begoña Gómez invoca la condena a García Ortiz para que se investigue una filtración en el juzgado de Peinado

La asesora de Begoña Gómez invoca la condena a García Ortiz para que se investigue una filtración en el juzgado de Peinado
Ampliar
(Foto: Efe)
Efe
martes 20 de enero de 2026, 11:44h
Actualizado el: 20 de enero de 2026, 15:09h

La defensa de Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, ha presentado un escrito al juez Juan Carlos Peinado en el que solicita que se investigue una presunta filtración del juzgado invocando la sentencia que condenó al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortíz por revelación de datos reservados.

En un escrito al que ha tenido acceso EFE, el letrado de Álvarez, que es investigada por el magistrado junto a Begoña Gómez, esposa del presidente el Gobierno, solicita al juzgado que se abra una pieza separada para esclarecer la supuesta filtración a Okdiario de una providencia dictada en enero en la que ordenaba a la Policía que informara sobre las gestiones hechas para conseguir los pasaportes de ambas, que había solicitado sin éxito.

Esta defensa también pide que se deje sin efecto el requerimiento de los pasaportes y de cualquier otra documentación a los investigados porque vulnera su derecho a guardar silencio.

El escrito argumenta que la providencia está fechada del pasado 12 de enero pero el juzgado no la envió al sistema Lexnet, para su notificación a las partes, hasta el 13 de enero pasadas las ocho de la tarde. Las partes solo pudieron tener acceso al documento a partir del día 14 por la mañana.

Sin embargo, OKdiario publicó su contenido el 13 de enero a las 5:46 horas en una noticia titulada 'Begoña y su asesora desafían a Peinado: se niegan a entregar sus pasaportes y el juez pide ayuda a la Policía', que unas horas después modificó para eliminar que se trataba de una providencia dictada por el juez.

Para esta parte no hay duda de que la filtración provino del juzgado y añade que "alguien —con toda seguridad el propio autor de la filtración— avisó asustado al medio de la metedura de pata y le pidió eliminar de la noticia la mención a la Providencia, ya que aún no había sido notificada a las partes (...) y había peligro de que se descubriera que el origen de la filtración era el propio Juzgado".

El letrado recuerda que recientemente el Tribunal Supremo condenó al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de datos reservados "con indicios muy similares sobre la procedencia de la filtración a los que se exponen en el presente escrito".

Esa sentencia condenó a García Ortiz a dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general y 7.200 euros de multa por un delito de revelación de datos reservados referidos a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, así como a una indemnización de 10.000 euros.

El juez Juan Carlos Peinado mantiene investigadas a Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado, apropiación indebida, intrusismo y malversación de caudales públicos; a Cristina Álvarez por tráfico de influencias, apropiación indebida y malversación de caudales públicos; y al empresario Juan Carlos Barrabés por tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado y apropiación indebida.

El procedimiento indaga en si la esposa del presidente del Gobierno influyó a favor de las empresas de Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos, así como su rol en la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) o si empleó a su asesora para sus actividades privadas.

Avalada la investigación de correos

La Audiencia de Madrid respalda la decisión del juez Juan Carlos Peinado de analizar un centenar de correos que se enviaron Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y el exvicerrector de la Universidad Complutense Juan Carlos Doadrio, ya que no vulneró la legalidad.

En un auto difundido este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la Sección 23 de la audiencia madrileña rechaza el recurso interpuesto por la defensa de Álvarez, al que se adhirió la Fiscalía, contra una providencia dictada el pasado 7 de septiembre en la que el juez requirió a Doadrio todos los correos en los que fuera remitente o destinataria esta investigada.

Lo hizo en la rama de la causa que indaga sobre si Cristina Álvarez se excedió de sus funciones públicas, con gestiones vinculadas a la vida privada y profesional de Begoña Gómez, y si ambas imputadas incurrieron en presunta malversación.

Peinado dictó esa decisión a petición de las acusaciones populares, después de que ese testigo -que era vicerrector de Relaciones Institucionales de la Complutense cuando se aprobó que Begoña Gómez dirigiera una cátedra- declarara que tenía un centenar de correos con la asesora de Gómez.

El juez ordenó a la UCO de la Guardia Civil que analizara los correos y poco después los investigadores le remitieron un informe, mientras la defensa de Álvarez recurrió directamente ante la Audiencia Provincial argumentando que la orden debió plasmarse en un auto en lugar de en una providencia, como ya resolvió la Audiencia en otro recurso similar.

También argumentaba esta defensa que la resolución del magistrado no motivaba en absoluto una medida que restringe los derechos fundamentales y además vulneraba "nuevamente" el principio de intangibilidad de las resoluciones judiciales porque previamente el juez había rechazado esa diligencia y luego "sin motivo que lo justifique (...) cambia de manera copernicana de opinión".

Ahora, cuatro meses después, la Audiencia resuelve sobre ese recurso y avala que el juez Peinado dictara una providencia (y no un auto) porque el testigo Juan Carlos Doadrio se ofreció voluntariamente a aportar los correos, de modo que la resolución del juez "trata únicamente de ordenar el procedimiento".

En cuanto a la falta de motivación y el no respeto al principio de intangibilidad o invariabilidad de las resoluciones judiciales, los magistrados no ven indefensión para la investigada y recuerdan que "el juez de instrucción es soberano a la hora de ordenar la investigación penal", y en este caso argumentó su cambio de criterio.

Subrayan que el principio intangibilidad recogido en la Constitución se proyecta únicamente sobre resoluciones judiciales firmes.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (1)    No(0)

+
0 comentarios