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en sevilla

Condenado por agresión sexual tras llevar 20 días en libertad

sábado 05 de abril de 2008, 17:34h
La sentencia del juzgado penal 2 de Sevilla condena a G.E.B., de 21 años, porque a las 7.15 horas del 23 de mayo de 2007 abordó a una chica de 16 años, la acorraló a la fuerza en unos matorrales y se masturbó delante de ella.

Los hechos ocurrieron en la calle Doctor Pedro de Castro, de Sevilla, donde el acusado sujetó a la niña por el cuello, la llevó a la fuerza a los matorrales y comenzó a masturbarse, aunque en un descuido la menor pudo darle un codazo y huir.

Se da la circunstancia de que esta agresión sexual tuvo lugar exactamente a los 20 días de que G.E.B. quedase en libertad tras haber sido juzgado y condenado a 4 años de cárcel por delitos de exhibicionismo ante cinco niñas, a las que abordaba a la salida del colegio.

Tras la publicación de la sentencia el 3 de mayo de 2007, el acusado quedó en libertad ese mismo día en virtud del principio de acumulación de condenas, pues el juez le impuso dos años de cárcel por un delito de abuso sexual contra una de las niñas y seis meses por cada uno de los otros cuatro delitos de exhibicionismo.

G.E.B. había estado privado de libertad desde octubre de 2006, cuando fue detenido y acusado inicialmente de exhibicionismo ante ocho niñas, aunque tres de los casos no quedaron demostrados en el juicio.

Los presuntos delitos fueron cometidos entre marzo y octubre de 2006 en el barrio de Nervión, donde G.E.B. aprovechaba la salida del colegio de las menores o cuando caminaban solas por calles poco transitadas.

Una vez que tenía a la menor a su alcance, en los primeros casos denunciados exhibía su órgano sexual, pero en los últimos amenazaba a las víctimas, las agarraba violentamente de la mano y las obligaba a que le tocaran el pene.

En la nueva sentencia facilitada, el juez considera válida la identificación del acusado realizada por la víctima, que fue "de una claridad meridiana" y en la que no encontró "contradicción alguna ni causa de inverosimilitud".

El acusado alegó en su defensa que a esa hora estaba trabajando como aparcacoches en la zona de la Capitanía militar, pero la sentencia destaca que el lugar se encuentra a "dos minutos andando" del punto donde abordó a la niña y que la acción perpetrada no debió durar más de 5 minutos.

El juez impone al procesado dos años de cárcel por agresión sexual y el pago de 600 euros de indemnización, pues cometió un acto de violencia y otro contra la libertad sexual al obligar a la niña a "presenciar un acto de contenido sexual contra su voluntad" y mediante el empleo de fuerza.
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