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no perturba la seguridad ciudadana

El Supremo revoca la prohibición del "burka" en los edificios municipales de Lérida

jueves 28 de febrero de 2013, 13:42h
El Supremo ha anulado la ordenanza del Ayuntamiento de Lleida que prohibía el velo islámico en sus edificios municipales. Entiende que su uso no perturba la seguridad ciudadana ni protege la igualdad de la mujer.
El Supremo ha anulado la ordenanza del Ayuntamiento de Lleida que prohibía el velo islámico y otras prendas que oculten el rostro, como el "burka", en sus edificios municipales, al entender que su uso no perturba la seguridad ciudadana ni la medida sirve para proteger la igualdad de la mujer.

Además, para el Tribunal Supremo (TS) "la prohibición del velo integral constituye una limitación del ejercicio de la libertad religiosa".

El alto tribunal revoca así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que avaló la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Lleida por la que se acordó esa prohibición, al estimar el recurso que contra esta resolución interpuso la asociación musulmana Watani.
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