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BLOQUEO CUENTAS BANCARIAS

Este viernes finalizó el plazo para acreditar el DNI al banco: qué hacer

Este viernes finalizó el plazo para acreditar el DNI al banco: qué hacer
jueves 30 de abril de 2015, 11:13h
Actualizado el: 30 de abril de 2015, 22:32h
Las entidades bancarias deberán contar a partir de este viernes con el DNI en formato digital de todos sus clientes, en caso contrario deberán proceder al bloqueo de la cuenta. Su aplicación será gradual. Este jueves respondemos algunas preguntas frecuentes sobres esta obligación.


¿Por qué mi banco me solicita la documentación?

La ley 10/2010 del 28 de abril establece esta obligación para la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, por lo que los bancos deben tener debidamente documentados a todos sus clientes y conocer cuál es su actividad económica. Además podrán solicitar documentación que acredite la actividad económica: la nómina o en el caso de autónomos, recibos del pago del IVA.

¿Todo el mundo debe hacerlo?

No, solo aquellos clientes que hayan abierto la cuenta con anterioridad al año 2010. A partir de abril de ese año, los bancos ya debían solicitar esta información a los clientes que abriesen una nueva cuenta. Las entidades tuvieron un plazo de cinco años para formalizar esta obligación, que finaliza este viernes (festivo nacional).

¿Cómo ha informado la banca de esta nueva medida?

Los bancos han estado enviando cartas, SMS y correos electrónicos a sus clientes pidiendo la documentación.

¿Va a haber una prórroga del plazo?

No, los bancos lo han intentado, pero finalmente este viernes será el último día para que el cliente ponga a disposición de su banco el DNI en formato digital.

¿Qué ocurrirá si no entrego el DNI a tiempo?

El banco procederá al bloqueo de la cuenta. La citada ley de prevención de blanqueo de capitales es clara cuando explica, en su artículo 7.3, que los bancos “no establecerán relaciones de negocio ni ejecutarán operaciones cuando no puedan aplicar las medidas de diligencia debida previstas en esta ley”, aunque no será un bloqueo total. Además, el cliente tendrá un nuevo plazo de tres meses para aportar la documentación requerida y lograr así el desbloqueo de su cuenta.

¿Qué consecuencias tiene el bloqueo?

El bloqueo puede comenzar por la imposibilidad de sacar dinero del cajero o de realizar compras por Internet. Eso sí, el bloqueo, aunque gradual, será inevitable si el banco no dispone del DNI en formato digital.

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