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NUEVA NORMATIVA

El cigarrillo electrónico también llevará advertencias sanitarias

EL IMPARCIAL
viernes 09 de junio de 2017, 16:48h
Imagen de archivo de una mujer fumando un cigarrillo electrónico
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Imagen de archivo de una mujer fumando un cigarrillo electrónico (Foto: Efe)
Prohibida la venta de tabaco con aromas, vitaminas y otros aditivos.

El Consejo de Ministros ha aprobado la regulación por primera vez de productos relacionados con el tabaco como los cigarrillos electrónicos y las hierbas para fumar.

De acuerdo con el nuevo Real Decreto, los cigarrillos electrónicos y los líquidos de recarga tendrán que llevar advertencias sanitarias. Además, se prohíbe la comercialización de los productos del tabaco con aromas característicos, vitaminas, cafeína, taurina y otros aditivos asociados con energía y vitalidad, colorantes, aditivos que faciliten la ingesta o la inhalación de nicotina, y aditivos que tengan propiedades tóxicas.

"En lo que se refiere al cigarrillo electrónico, el objetivo de regular este tipo de productos es el de proteger la salud de los ciudadanos y evitar posibles efectos perjudiciales, habida cuenta de que en la actualidad, y según ha manifestado la Organización Mundial de la Salud, no se pueden excluir los riesgos para la salud de la exposición al vapor de estos productos", explica el Gobierno.

Así pues, los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga tendrán que llevar advertencias sanitarias, que tendrán que ocupar un 30 por 100 de la cara exterior del envasado.

Se permitirá que los líquidos contengan, como máximo, 20 mg/ml de nicotina; los cartuchos desechables o los depósitos recargables podrán ser, como máximo, de 2 ml, y los envases de líquido para la recarga no podrán contener un volumen superior a 10 ml.

Se establece, asimismo, un sistema de notificación de efectos adversos. En caso de notificación de riesgo para la salud justificada en, al menos, tres Estados miembros, la Comisión Europea podría prohibir el producto en el resto.

En el caso de las hierbas para fumar, las advertencias sanitarias deben ir en el etiquetado, que también tendrán que ocupar un 30 por 100 de la cara exterior del envasado, alertando de los efectos nocivos sobre la salud.

Otra de las novedades que se introducen con este Real Decreto es la prohibición de comercialización de los productos del tabaco con aromas característicos, vitaminas, cafeína, taurina y otros aditivos asociados con energía y vitalidad, colorantes, aditivos que faciliten la ingesta o la inhalación de nicotina, y aditivos que tengan propiedades tóxicas, carcinogenéticas o mutagénicas.

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