Advierte de que sólo lo dispuesto en la Constitución es fuente de derecho.
La sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha insistido este miércoles en que
solo la Constitución puede ser fuente de derecho, por lo que ni la Ley de Transitoriedad aprobada por el Parlament el pasado 6 de septiembre ni "ninguna declaración formal o aformal, implícita o explícita de independencia" pueden tener efectos jurídicos.
El pleno de la sala de gobierno, que reúne a presidentes de las Audiencias Provinciales, del TSJC y a magistrados de instrucción y de otras jurisdicciones, se ha reunido hoy de forma extraordinaria
para analizar la comparecencia del presidente de la Generalidad, Carles Puigdemont, en el Parlament.
El comunicado del TSJC pretende reafirmar "de forma inequívoca que solo la norma vigente, conforme a la Constitución y a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, puede ser fuente aplicativa de derecho y presupuesto de todas y cada una de las decisiones judiciales". "Y ello comporta que ni la Ley de Transitoriedad, suspendida por el Tribunal Constitucional, ni ninguna declaración formal o aformal, implícita o explícita de independencia desplieguen efecto jurídico alguno", prosigue el comunicado.
El pleno de la sala de gobierno del TSJC expresa su
"compromiso de fidelidad y defensa del sistema constitucional" y los valores de "libertad, justicia, igualdad, pluralismo y convivencia pacífica" en los que se fundan. "La fidelidad al sistema constitucional de los jueces y juezas que conformamos el poder judicial en Cataluña es nuestra manera, la única posible, de comprometernos en la defensa activa de los valores, de los derechos y de las libertades de todos", prosigue la sala de gobierno.
Además, los magistrados consideran que la ley "que nace y se funda en el sistema constitucional, en sus valores y en los derechos y libertades" garantiza a todos los ciudadanos que puedan reconocerse "como miembros iguales de una comunidad política plural comprometida con la paz y el progreso".
Por otro lado,
el TSJC ha admitido a trámite la querella por el 1-O de VOX contra el presidente Puigdemont, sus consejeros y los miembros soberanistas de la Mesa del Parlament, pero excluye por ahora los delitos de sedición y rebelión.
En un auto, la sala civil y penal del alto tribunal catalán ha acordado acumular la querella de VOX en las dos causas que ya están abiertas en el TSJC por el proceso soberanista, una contra el Govern y otra contra los miembros de Junts pel Sí en la Mesa, aunque las limita por ahora a los delitos de desobediencia y prevaricación, y en el caso de Puigdemont y sus consejros también de malversación.
El TSJC también ha acordado que sea la magistrada que instruye la causa abierta al gobierno catalán por el 1-O,
Mercedes Armas, quien decida sobre la medida cautelarísima solicitada por VOX para ordenar la detención del presidente catalán, Carles Puigdemont, y del resto de miembros del Govern.