Una guía turística ha sido declarada inocente de los delitos de falso testimonio y falsedad documental por los cuales había sido denunciada. El Juzgado de lo Penal Nº 2 de Cáceres ha dictado sentencia absolutoria confirmando la tesis de la defensa. Según la parte denunciante, la guía turística había mentido con el lugar y la hora en un juicio oral previo donde la denunciada ya había salido victoriosa.
Trujillo (Cáceres) fue el escenario donde se originó este proceso judicial. En el 2018 una guía turística sin licencia propició una discusión con un grupo de turistas que pretendían hacer una visita cultural en la localidad cacereña. Además, al cruzarse con la legítima guía, también comenzó a increparla hasta el punto de que tuvo que intervenir la Guardia Civil. La falsa guía denunció a su compañera con licencia por un delito leve de amenazas.
En el juicio, la denunciante relató los hechos al detalle indicando el lugar donde se produjeron y remarcando la mala relación que tenía con la parte acusada. La guía que había sido denunciada negó las amenazas y aportó justificante médico que acreditaba que no se encontraba en el lugar donde la denunciante dijo que se había producido el altercado. Además, su testimonio estuvo respaldado por un testigo que negó que la denunciada estuviera en la trifulca.
La acusada fue absuelta por este delito leve de amenaza. Sin embargo, la sentencia no resultó ser del agrado de la denunciante y en vez de recurrirla, decidió volver a denunciar a su compañera de profesión, esta vez por los delitos de falso testimonio y falsedad documental.
El Juzgado de Instrucción de Navalmoral de la Mata aceptó las denuncias e incoó diligencias previas contra la acusada. Diferentes fuentes jurídicas aseguran que esto fue fruto de la amistad que une a miembros de la acusación con una reconocida fiscal del municipio.
La guía turística que ejercía su profesión de forma totalmente legal se volvía a encontrar envuelta en un lío judicial después de haber sido absuelta. En la comparecencia se reafirmó lo dicho en el juicio oral celebrado anteriormente: afirmó que no se encontraba en el lugar de los hechos cuando ocurrió lo denunciado por la guía sin licencia. El juzgado de instrucción no se quedó satisfecho con la declaración e imputó y citó a declarar, en calidad de investigados, a trabajadores de la clínica en donde la denunciada había declarado estar cuando ocurrieron lo hechos.
La parte denunciante se enfrentaba a un juicio acusada de falso testimonio y falsedad documental, y con una petición de 2 años de prisión. Ante esta fatídica situación, los acusados decidieron contactar con uno de los mejores despachos penalistas de Madrid, Ospina Abogados.
En el juicio todos los acusados se negaron a responder a las preguntas de la parte acusatoria y se reiteraron en lo dicho en el juicio celebrado anteriormente por el delito leve de amenaza. El abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, redactó un informe final donde remarcó la paradoja de denunciar que unos hechos eran falsos sin más pruebas que una denuncia cuando estos estaban recogidos en una sentencia firme. Según Ospina los hechos no revestían de ningún tipo de apariencia penal ya que, todo acusado en un proceso penal tiene derecho a no confesar contra sí mimo, por lo que la acusación contra la guía por falso testimonio no tenia validez, la ley la protege de no tener la obligación de decir la verdad. Además, el abogado penalista ratificó que lo ocurrido en el juicio anterior había sido veraz y que la sentencia absolutoria era firme.
El Juzgado de lo penal Nº 2 de Cáceres corroboró la defensa de Ospina y absolvió a la parte acusada de los delitos de falso testimonio y falsedad documental.
Esta resolución confirma un nuevo éxito para Ospina Abogados, despacho penalista de referencia en la actualidad de nuestro país.