La Junta Electoral Central (JEC) ha denegado la petición del infectólogo Oriol Mitjà de que no se deje votar presencialmente a las personas infectadas al considerar que "excede" sus competencias y que privar del derecho al voto a estas personas resulta "imposible o de muy difícil control".
El infectólogo del Hospital Germans Trias i Pujol (de Can Ruti) y asesor del Govern durante la primera ola de la pandemia presentó el pasado miércoles un escrito a la Junta Electoral Central en el que pedía que no se permitiera a las personas infectadas por covid acudir a votar en persona a las mesas electorales el próximo 14 de febrero, por el riesgo de contagio que, a su juicio, comporta.
En su respuesta a la petición de Mitjà, la JEC argumenta que "privar del derecho de sufragio a los ciudadanos que se encuentren en cuarentena y que no hayan solicitado el voto por correo no solo excede de las competencias de la Junta Electoral Central sino que además resulta de imposible o muy difícil control".
Además, la Junta Provincial de Barcelona ha acordado que los suplentes de mesas ya constituidas puedan ir a otros de su territorio, preferentemente en el mismo municipio.