muchos padres van a buscar niños al extranjero
Los padres tienen que esperar hasta 9 años para adoptar en España
jueves 18 de marzo de 2010, 21:09h
Mientras en países asiáticos, en Hispanoamérica y en los países del Este la espera para adoptar un niño es de ocho meses a dos años y medio como máximo, en España hay que esperar hasta nueve años para darle un hogar a un niño. La complicada burocracia y los interminables plazos de espera hacen que muchos padres se planteen adoptar en el extranjero.
La legislación española en materia de adopción busca sobreponer el interés del niño adoptado a otros intereses legítimos que se dan en el proceso, configura el acto como un elemento de plena integración familiar y potencia el papel de las entidades públicas con competencia en la protección de menores.
Sin embargo, esta normativa desemboca en unos procesos de selección y en una burocracia que se hace interminable para los padres, que en España esperan hasta nueve años para conseguir una adopción. Esto se debe a que en nuestro país hay bastantes solicitantes de adopción y una sola autoridad que resuelve los expedientes. Este dato contrasta con los de los países asiáticos, los del Este y los hispanoamericanos, que, de media, tardan entre ocho meses y dos años y medio, en conceder las adopciones.
Los requisitos para padres adoptantes en España son muy numerosos y, a veces, muy exigentes. Los padres tiene que ser mayores de 25 años y no tener una diferencia máxima de edad con el niño que supere los 40 años de media en la pareja. En estos casos, si una pareja se casa a partir de los 30 años, como hacen la mayoría de los españoles, y decide adoptar uno o dos años después, teniendo que esperar nueve años, no conseguirá la adopción, al menos, de niños pequeños.
Además, la familia debe poseer unas condiciones psico-pedagógicas y socio-económicas mínimas: condiciones adecuadas para la atención del menor respecto a su salud física y psíquica (situación socio-económica,habitabilidad de la vivienda o disponibilidad de tiempo mínimo para su educación); que haya una relación estable y positiva (se valora la convivencia mínima de dos años); que tengan motivaciones y actitudes adecuadas para la adopción y que sean compartidas; y que haya una aptitud básica para la educación del niño.
Además, influirá de forma negativa que los solicitantes condicionen la adopción a las características físicas, al sexo o a la procedencia socio-familiar de los menores, así como la ocultación o falseamiento de datos relevantes para la valoración por parte de los solicitantes.
El certificado de idoneidad, imprescindible para la adopción, que utiliza la Administración establece unos criterios báscios que todos los candidatos deberán superar.
Se valora la actitud a la hora de las entrevistas. La comunicación verbal y la no verbal, las motivaciones por las que se adopta en España o en el extranjero, el nivel de elaboración de las respuestas, el duelo por la infetilidad la opinión y el grado de implicación en el proyecto adoptivo por parte de la familia extensa y personas significativas con las que se relacionan, así como las consecuencias futuras en la relación de la nueva familia con los otros significativos y los posibles problemas de integración.
De forma independiente, también se valorará el perfil de cada uno de los solicitantes, así como su historia de problemas y la forma de haberlos resuelto, el autoestima o la capacidad de adaptación.
Por otra parte, se valorarán capacidades educativas de los candidatos como la experiencia personal previa, la educación recibida por figuras o instituciones significativas, los valores, creencias y principios educativos, los temores e inquietudes, y la experiencia en la crianza o educación de niños.
Por último se realizará un genograma, con la historia de las familias de origen de ambos solicitantes, vivencias, crisis relevantes y el lugar de residencia de los familiares con los que se relacionan los solicitantes.
Adopción internacional
Las adopciones internacionales tienen ventajas que las hacen muy atractivas. A pesar de no ser gratuitas como en España, los plazos de espera son más cortos, hay más posibilidades de que nos asignen un menor de corta edad -en España esta posibilidad es mucho menor-, se puede solicitar que el menor esté sano o tenga alguna enfermedad recuperable y tenemos más países entre los que elegir la adopción. Aún así, habrá que tener en cuenta que el juez que dicta el Auto será del país de origen del niño, con lo que las leyes no serán como las españolas.
A la hora de dirigirse al extranjero para adoptar a un menor, hay varias vías a las que acudir. Se pueden realizar mediante la ayuda del órgano público español especializado en la tramitación de la adopción internacional. En este tipo de tramitación, la intervención les corresponde únicamente a los funcionarios públicos, tanto en el país de recepción como en el país de origen del menor.
Otra opción es la intervención en la tramitación de los Organismos Acreditados de Adopción (OAA) o Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI). Algunos países sólo permiten la mediación en la adopción internacional a través de la intervención de estos OAA, como Bolivia o Rumania.
Por otro lado, nos encontramos con la posibilidad de que haya una intervención independiente, autónoma, libre, directa y privada. Esta modalidad tiene varios subtipos: mediante la intervención de representante, apoderado o auxiliar individual de los adoptantes; o mediante la intervención de un despacho o bufete de profesionales especializados en temas de familia o consejeros familiares.
Por último, está la iniciativa de grupos, asociaciones o agrupaciones de padres, cuando un grupo de personas se integra en una organización para autoayudarse o ayudar a otras personas que desean adoptar, tal como lo han hecho ellos y en las mismas condiciones de la agrupación. Mediante su experiencia o el conocimiento empírico que han adquirido por su contacto con la adopción internacional, asesoran, informan e incluso tramitan expedientes de adopción. En Norteamérica es algo habitual en comunidades religiosas o de procedencia.
Entre éstas también se encuentran los grupos de familias adoptivas; dentro de ellos, hay estructuras organizadas por la procedencia del niño, por ejemplo, familias adoptivas de China, de África, de Latinoamérica y de los países de Europa del Este. En nuestro país existen asociaciones de este tipo, como AFAC (familias adoptantes de niños y niñas de origen chino) y la recién constituida Asociación de Padres "Europa", constituida por familias que lo hacen en Europa y que desarrollan programas de ayuda en favor de los niños institucionalizados de los países europeos de adopción.