continúa la polémica
Un juzgado de Teruel rechaza la objeción a EpC
viernes 07 de marzo de 2008, 16:19h
El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Teruel ha hecho públicas las dos sentencias en las que desestima los recursos de las familias contra el director del instituto, al entender que su resolución para que los alumnos vayan a clase "no vulnera derecho fundamental alguno".
Según esta instancia judicial, la finalidad de esta asignatura consiste en ofrecer a todos los estudiantes un espacio de reflexión, análisis y estudio acerca de las características fundamentales y el funcionamiento de un régimen democrático, de los principios y derechos establecidos en la Constitución.
Entiende el Juzgado que dichos contenidos no pueden considerarse en ningún caso alternativos o sustitutorios de la enseñanza religiosa, por lo que no entra en contradicción con la práctica democrática que debe inspirar el conjunto de la vida escolar.
Las dos familias presentaron los recursos al considerar que sus hijos no deben asistir a las clases de Educación para la Ciudadanía para que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones que ampara la Constitución.
Sobre estas resoluciones la consejera de Educación del Gobierno de Aragón, Eva Almunia, se congratuló de ambas y dijo que tienen la misma orientación que las de Juzgados de Cataluña y Asturias, contrarias a la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que reconoció la objeción.
Aunque esta sentencia es recurrible, Almunia recordó que ya el Tribunal Superior de Justicia de Aragón remitió a estas dos familias al Juzgado Contencioso Administrativo de Teruel como órgano competente en esta reclamación sobre la que ahora ha fallado en su contra.