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El Supremo desestima los recursos de Garzón contra la causa abierta contra él

27/09/2010@16:38:41
El TS dicta dos autos en los que desestima los recursos interpuestos por D. Baltasar Garzón, por un lado, contra el auto y la providencia en las que, respectivamente, se requería a la “Falange Española de las JONS”, y al “Sindicato Manos Limpias” y la “Asociación identidad y libertad” para que subsanasen los defectos que habían sido apreciados en sus escritos de calificación, y por otro lado, contra el auto en el que se tiene por cumplimentado, por estos últimos, el requerimiento efectuado. Señala el Supremo que la concesión del plazo de subsanación otorgado por el instructor de la causa abierta contra el Magistrado procesado, no es incompatible con el deber de imparcialidad de aquél, dado que esa subsanación, y por tanto la concesión de un plazo, es consecuencia de la interpretación constitucional del proceso penal, cuyo fundamento se encuentra en la necesidad de controlar la correspondencia entre la determinación de los hechos punibles realizados por el Juez instructor y los escritos de calificación y su incorporación al proceso. Añade que el requerimiento de exclusión de lo sobrante, incluido en los controvertidos escritos, no acarrea indefensión alguna; habiéndose además concedido para ello un plazo que no era un tiempo suplementario, sino el que restaba por transcurrir del legalmente establecido para la formalización del escrito de acusación. Emitido en ambos autos voto particular por el Excmo. Sr. Magistrado D. Joaquín Giménez García.

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Aprobada la Ley del Occitano

El Parlament ha aprobado con los votos del tripartito y CiU la Ley del Occitano, con la que reconoce el aranés como lengua oficial de Cataluña y se compromete a implicarse en la protección y la difusión de la lengua propia de la Vall d'Aran.

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La AN no prohíbe la manifestación “por los derechos de Euskal Herria”

Este viernes, se ha celebrado una manifestación “por los derechos de Euskal Herria” en Bilbao después de que la AN no se opusiera a su organización.

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Los jueces respaldan que lesionar a una mujer no siempre sea violencia de género

Acuerdo para la uniformidad en la aplicación de la de la Ley de Violencia de Género, entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo.

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Varias asociaciones piden que el TS unifique la jurisprudencia en violencia de género

Existen dos líneas jurisprudenciales: la que entiende que para aplicar dicho delito es suficiente que se produzca una agresión en el seno de la pareja, y la que exige que concurra en el agresor “una voluntad de sojuzgar a la pareja o dominarla”.

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Absuelven a los cargos públicos implicados en el incendio de Guadalajara

En la causa abierta por el incendio en el que murieron los once miembros del retén de Cogolludos, se acuerda el sobreseimiento de, entre otros, el Técnico Regional del CCOR 112 de Toledo y el Jefe de Coordinación de la Provincia de Guadalajara

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Auto del TC sobre el recurso de inconstitucionalidad de la de Ley del aborto

A continuación trascribimos el texto íntegro del Auto del Pleno del Tribunal Constitucional en relación con el recurso de inconstitucionalidad promovido por setenta y un Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados sobre Arts. 5.1 e), 8 in limine y letras a) y b), 12, 13.4, 14, 15 a), b) y c), 17.2 y 5, 19.2 párrafo primero, y disposición final segunda de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, en el cual se deniega la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados.

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El Congreso debate el jueves el Proyecto de Ley de Economía Sostenible

El debate sobre la totalidad del Proyecto de Ley de Economía Sostenible tendrá lugar el próximo jueves en el Pleno del Congreso de los Diputados.

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Nueva prohibición de un homenaje a una etarra

El Magistrado-Juez del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, prohíbe los actos de manifestación convocados en Barcelona en reconocimiento público y homenaje a condenada por colaboración con la banda terrorista ETA, con motivo de su excarcelación. El instructor aprecia indicios contundentes de perpetración del delito de enaltecimiento y justificación pública del terrorismo, con el consiguiente menosprecio y humillación a las víctimas y sus familiares. Afirma que la actividad delictiva se ha iniciado mediante las acciones de convocatoria pública y difusión de los actos de celebración a través de diferentes portales de internet, así como con la colocación de carteles en la vía pública. Los actos has sido convocados por organizaciones y colectivos de apoyo “a presos políticos catalanes”, que no están constituidos legalmente, y no existe constancia de comunicación oficial alguna dirigida a la Autoridad gubernativa competente. Concluye, que dichos actos no pueden quedar amparados en el derecho fundamental de reunión.

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El TS no considera inconstitucionales las escuchas en calabozos de dependencias policiales

Según una sentencia del Tribunal Supremo, las escuchas en los calabozos de dependencias policiales no son inconstitucionales.

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Código de consumo de Cataluña

La Ley 22/2010 tiene por objeto garantizar la defensa y la protección de los derechos de las personas consumidoras y establecer, en el ámbito territorial de Cataluña, los principios y normas que deben regirlas para mejorar la calidad de vida de las personas consumidoras. Deroga la Ley 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor en Cataluña.

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Saramago, condenado a pagar 700.000 euros a Hacienda

Se condena al Premio Nobel, José Saramago, a ingresar en la Hacienda Pública española, la cantidad de 717.651,78 euros obtenidos por su actividad profesional, al haberse acreditado su residencia fiscal en España.

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La legitimación para la protección urbanística ha de extenderse a la ejecución de sentencia

Dando lugar a la impugnación deducida, el Tribunal Supremo ordena tener por personada a la asociación ecologista recurrente en la ejecución de la sentencia litigiosa, aún cuando no fue parte en el recurso contencioso administrativo en el que se anuló en parte el PGOU de Madrid. A juicio de la Sala, las mismas razones que permiten su presencia en el proceso para obtener una resolución judicial sobre el asunto, alcanzan a la ejecución para hacer que efectivamente se verifique lo decidido. La legitimación conferida para la protección urbanística ha de extenderse y proyectarse también, para ser consecuentes con las razones que avalan tal reconocimiento, a la fase de ejecución en la medida que pretenda que lo acordado en sentencia firme sea cumplido.