www.iustel.com
El Supremo rechaza suspender de forma cautelar el límite de velocidad a 110 km/h
lunes 14 de marzo de 2011, 14:51h
El Tribunal Supremo ha determinado que no procede suspender cautelarmente la limitación de velocidad a 110 kilómetros por hora impuesta por el Gobierno como medida de ahorro energético.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo lo ha acordado así en un auto en el que señala que no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre la medida cautelar solicitada sin oír a la Administración del Estado, a la que da un plazo de cinco días para que efectúe alegaciones.
Así, desestima la petición de la empresa de gestión de multas 'Dvuelta' y la plataforma 'Movimiento 140' de retirar esta medida mientras que el Alto Tribunal resuelve el recurso interpuesto contra esta medida por ambas entidades.