La Sala revoca la sentencia que anuló, en cuanto a la calificación de la finca de la recurrente en instancia, el Acuerdo por el que se aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación de Arenys de Munt.
El TS mantiene la pensión compensatoria que el recurrente viene pagando desde hace 15 años por un matrimonio que duró seis, puesto que el mero transcurso del tiempo no es relevante.