los padres de los alumnos recurrirán el fallo ante el constitucional
Las cuatro sentencias a partir de las que el Tribunal Supremo negó la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía se han hecho públicas este martes. El Supremo dice que los padres tienen derecho a elegir la formación ideológica y religiosa de sus hijos y que los centros no pueden erigirse como árbitros de las cuestiones morales controvertidas. Sin embargo, reconoce que es lícito fomentar sentimientos y actitudes que favorezcan la vivencia práctica de los valores éticos de la actividad educativa del Estado.